¿Cuál es más incriminatorio de una llamada telefónica o mensaje de texto?

Ni una llamada telefónica ni un mensaje de texto son inherentemente más incriminatorios. La naturaleza incriminatoria depende completamente del * contenido * de la comunicación. Una llamada telefónica aparentemente inocente podría ser muy incriminatoria si contiene una confesión codificada, mientras que un texto aparentemente incriminatorio podría explicarse fácilmente como una broma o malentendido.

Además, la * existencia * de una comunicación puede ser incriminatoria independientemente del contenido, especialmente si contradice la coartada de una persona o las afirmaciones previamente declaradas. Un registro telefónico que muestra una llamada a una escena del crimen en el momento del crimen es más incriminatorio que el contenido real de la conversación si esa conversación es irrecuperable.

Finalmente, los mensajes de texto a menudo son más fáciles de preservar como evidencia que las llamadas telefónicas, lo que puede ser eliminado más fácilmente o más difícil de interceptar. Esta facilidad de preservación puede hacer que los textos sean más propensos a usarse como evidencia, pero eso no los hace inherentemente * más * incriminatorios.